El
término Acondicionamiento Territorial surgió en la normativa nacional hace más
de 40 años como una Política de Desarrollo Nacional, su definición, contenidos
y alcances fueron concebidos a partir de la necesidad de incluir al espacio
rural y la gestión integral de los recursos naturales en el recientemente
creado Sistema Nacional de Planificación[1].
Fue el “Plan Nacional de Desarrollo 1971-1975[2]”,
el que lo introdujo bajo la moderna denominación de “Política de
Acondicionamiento Territorial y Uso de los Recursos Naturales”.
La
política nacional el Acondicionamiento Territorial y Uso de los Recursos
Naturales se estructuró originalmente teniendo como objetivos a mediano plazo el
lograr: (i) la mejor articulación del territorio nacional, a través del
fortalecimiento de los vínculos económicos y administrativos entre zonas
complementarias; (ii) la creación de centros de demanda complementarios [a] Lima Metropolitana; (iii) la
institucionalización de formas de ayuda mutua (entre zonas complementarias);
(iv) la ampliación de los servicios sociales a los grupos marginados; (v) la
ampliación de las tierras agrícolas y (vi) la expansión de la población no
rural; esperando conseguir finalmente al largo plazo: (i) la mejora de la
infraestructura y la comunicación que facilite el desarrollo de las actividades
y el libre flujo de bienes y personas; (ii) condicionar el territorio para que
los individuos elijan su modo de vida y (iii) garantizar suficiente territorio
útil y disponible para el asentamiento humano; definiendo a los procesos de
desarrollo regional[3]
como estrategia fundamental para el logro de estos objetivos.
Posteriormente,
en el año 1985, la primera “Ley Orgánica de Municipalidades[4]”
otorgó a los gobiernos locales la competencia de “planificar el desarrollo de
sus circunscripciones y ejecutar los planes correspondientes[5]”
entre los cuales se estableció la competencia de las municipalidades
provinciales para “formular el Plan de Acondicionamiento Territorial de la
Provincia[6]”,
cuya definición, alcances y contenidos fueron desarrollados al año siguiente mediante
la publicación del “Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo
Urbano y Medio Ambiente[7]”
el cual definió al “Plan de Acondicionamiento Territorial” (en adelante PAT)
como: “…un instrumento del Plan Integral de Desarrollo Provincial dirigido a la
organización físico espacial de las actividades económicas y sociales de su
ámbito territorial, estableciendo la política general relativa a los usos del
suelo y la localización funcional de las actividades en el territorio[8]”,
a través de la planificación de los elementos que se muestran en el siguiente
gráfico:
Debido
a la actualización y modernización del contenido de la Ley Orgánica de
Municipalidades[9]
en el año 2003, se hizo necesaria la adecuación del texto del “Reglamento de
Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente”, a las
nuevas competencias, alcances y conceptos que en materia de Planeación y Acondicionamiento
Territorial establecía la norma vigente, es así que mediante D. S. N°
027-2003-Vivienda[10],
se aprueba del “Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano”,
el cual moderniza el concepto del Plan de Acondicionamiento Territorial,
introduciendo como objetivos de este: “(i) el aprovechamiento sostenible de los
recursos naturales; (ii) la distribución equilibrada de la población y (iii) el
desarrollo de la inversión público y privada en los ámbitos urbano y rural del
territorio provincial”[11];
en el siguiente gráfico se muestra la estructura de los elementos componentes
del PAT, según la actualización del concepto hecha en el año 2003.
Además
del desarrollo de conceptos fundamentales como el aprovechamiento de los
recursos naturales y el desarrollo de la inversión privada como objetivos del
PAT, el D.S. N° 027-2003-Vivienda, estructuró con mayor claridad los
procedimientos y plazos para la aprobación de los PAT, estableciendo un plazo de
45 días[12]
para realizar el proceso de aprobación y determinó como período de vigencia del
plan 10 años a partir de su aprobación.
Posteriormente
y a partir de la aprobación de diversas normas nacionales dirigidas a propiciar
el desarrollo territorial y la conservación del medio ambiente[13]
como aquellas que promueven y regulan el uso y aprovechamiento sostenible de
los recursos naturales[14],
la promoción de la inversión privada[15],
el desarrollo de la competitividad[16],
la gestión de riesgos y desastres[17]
y la estructuración del sistema nacional de planeamiento[18],
en el año 2011 se realizó el último
proceso de modernización del concepto, alcances, contenidos y procesos
relacionados con los PAT, así el D. S. N° 004-2011-Vivienda[19]
establece que este se “constituye [en] el
componente físico-espacial del Plan Provincial de Desarrollo Concertado…[siendo]
un instrumento técnico-normativo de planificación física integral en el ámbito
provincial que orienta y regula la organización físico-espacial de las
actividades humanas en cuanto a la distribución, jerarquía, roles y funciones
de los centros poblados en los ámbitos urbano y rural; la conservación y
protección del recurso y patrimonio natural y cultural; el desarrollo de la
inversión pública y privada en los ámbitos urbano y rural del territorio
provincial; y, la ocupación y uso planificado del territorio, para lograr el
mejoramiento de los niveles y calidad de vida de la población urbana y rural,
bajo el enfoque territorial prospectivo, competitivo y de sostenibilidad”[20].
Entre los aportes más importantes al desarrollo del concepto, contenidos y alcances
del PAT la norma actual introduce como parte del proceso de formulación la
necesidad del diseño de los instrumentos y mecanismos efectivos para la gestión
(seguimiento y evaluación) de los PAT, la concordancia con documentos de
planificación regional y demás instrumentos de desarrollo territorial nacional,
regional y local; y a su vez su
articulación concordados con los PAT de las provincias colindantes. En el
siguiente gráfico se exponen de forma resumida los componentes de la acción
planificadora del PAT determinadas en el ordenamiento jurídico vigente.
[1] Firmada la Carta de
Punta del Este, se constituyó en el Ministerio de Hacienda y Comercio del Perú,
la Oficina Nacional de Planes y Programas. Es el primer antecedente de la
institucionalización de la planificación en el país. Un año después, en octubre
de 1962, el gobierno surgido del golpe militar para evitar la proclamación como
presidente de Víctor Raúl Hay de la Torre, creó el Instituto Nacional de
Planificación (INP) y el Sistema Nacional de Planificación con el apoyo técnico
de la Cepal. (LEIVA LAVALLE, Jorge.
Instituciones e instrumentos para el planeamiento gubernamental en América
Latina. Serie Textos para la Discusión de Cepal, N° 05, pág. 146).
[2] Aprobado mediante
Decreto Supremo N° 015-71-PM.
[3] A través de la
implementación de una administración regional. (Véase Plan Nacional de
Desarrollo 1971-1975).
[4] Aprobada mediante
Ley N° 23853, publicada el 09 de Junio de 1984.
[5] Inciso 8 del
Artículo 10 de la Ley 23853.
[6] Numeral “b” del
inciso 1 del Artículo 70° de la Ley 23853.
[7] Aprobado mediante
el D. S. N° 007-85-VC, publicado el 20 de Febrero de 1985.
[8] Artículo 7° del
D.S. N° 007-85-VC.
[9] Mediante Ley N°
27972, publicada el 27 de Mayo de 2003.
[10] Publicada con fecha
06 de Octubre de 2003.
[11] Artículo 4° del D.
S. N° 027-2003-Vivienda.
[12] Artículo 6° del D.
S. N° 027-2003-Vivienda.
[13] Ley N° 28245, “Ley
Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental”, publicada con fecha 08 de
Junio de 2004 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 008-2005-PCM, publicada con
fecha 28 de Enero de 2005. Ley N° 28611 “Ley General del Ambiente”, publicada
con fecha 15 de Octubre de 2005. Ley Nº 29325 “Ley del Sistema Nacional de
Evaluación y Fiscalización Ambiental”, publicada con fecha 05 de Marzo de 2009.
D. S. Nº 012-2009-MINAM “Política Nacional del Ambiente”, publicada con fecha
23 de Mayo de 2009.
[14] D. S. N° 087-2004-PCM
“Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica (ZEE)”, publicada con fecha
23 de Diciembre de 2004. D. S. Nº 017-2009-AG “Reglamento de Clasificación de
Tierras por su Capacidad de Uso Mayor”, publicada con fecha 02 de Setiembre de
2009). Ley N° 29763 “Ley Forestal y de Fauna Silvestre”, publicada con fecha 22
de Julio de 2011. Ley Nº 29338 “Ley de Recursos Hídricos”, publicada con fecha
31 de Marzo de 2009 y su Reglamento D. S. Nº 001-2010-AG, publicado con fecha
24 de Marzo de 2010.
[15] D.L. N° 1012 “Decreto
Legislativo que aprueba la ley marco de asociaciones público - privadas para la
generación de empleo productivo y dicta normas para la agilización de los
procesos de promoción de la inversión privada”, publicada con fecha 13 de Mayo
de 2008, y su Reglamento D. S. N° 146-2008-EF, publicado con fecha 09 de
Diciembre de 2008. Ley N° 28852 “Ley de promoción de la inversión privada en
reforestación y agroforestería, publicada con fecha 27 de Julio de 2006.
[16] Ley Nº 28015 “Ley
de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa”, publicada el 3 de
julio de 2003 y su Reglamento D.S. Nº 008-2008-TR. D. S. Nº 057-2005-PCM “Aprueban
el Plan Nacional de Competitividad”, publicado con fecha 29 de Julio del 2005.
[17] D.S. N° Nº
001-A-2004-DE-SG “Plan Nacional de Prevención y Atención de Desastres”,
publicada con fecha 10 de Marzo de 2004. Ley Nº 29664 “Ley que crea el Sistema
Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)”, publicada con fecha 19
de Febrero de 2011 y su Reglamento D. S. N° Nº 048-2011-PCM, publicado con
fecha 26 de Mayo de 2011.
[18] D. L. Nº 1088 “Ley
del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de
Planeamiento Estratégico”, publicada con fecha 28 de Junio de 2008. D. S. Nº
054-2011-PCM “Aprueban el Plan
Bicentenario: el Perú hacia el 2021”, publicado con fecha 23 de Junio del 2011.
[19] Aprobado con fecha
17 de Junio de 2011.
[20] Numeral 4.1 del
Artículo 4° del D. S. N° 004-2011-Vivienda”.